El reglamento SUGEF 11-18, emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y que entró a regir el 1° de enero de este año, impone nuevos requisitos de inscripción y control para las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), incluyendo empresas o personas que se dediquen de forma habitual a realizar transferencias de fondos, administración de fondos de terceros y otras actividades comerciales o profesionales descritas en la legislación sobre legitimación de capitales (Ley 7786 y sus reformas). El nuevo reglamento exige a los bancos y entidades financieras reguladas velar porque sus clientes cumplan con la obligación de inscripción en los casos en que corresponda.