A partir de hoy rigen tasas de interés máximas fijadas por el Banco Central para todo tipo de créditos en Costa Rica, en aplicación de las reformas a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor introducidas por Ley # 9859 publicada el 20 de junio de 2020. Cobrar tasas de interés superiores a las máximas constituirá el delito de usura según la ley. La mayoría de las tasas de interés de mercado en Costa Rica están por debajo de las nuevas tasas máximas, salvo en el caso de tarjetas de crédito y créditos de consumo no regulados.